Águeda Jiménez Pelayo,
Universidad de Guadalajara
Resumen
El artículo enfoca la aplicación de la Cédula de Consolidación de Vales Reales y su contribución al movimiento de independencia de la Nueva España, principalmente por sus implicaciones económicas que afectaron diversas capas sociales.
Introducción
Las investigaciones acerca de la aplicación de la Cédula de Consolidación de Vales Reales han sido consideradas por los estudiosos de la política de la Corona española en las colonias americanas como un duro golpe a la economía y el más fuerte ataque después de la expulsión de los jesuitas. [1] Se reconoce como una causa que contribuyó al movimiento de independencia de la Nueva España, tanto por sus implicaciones psicológicas como económicas; la mayoría de las investigadores concluyen que afectó más al aspecto psicológico que al económico (Chowning, 454).
Por esto es importante reflexionar qué tanto deben haber influido en don Miguel Hidalgo y Costilla las exigencias de los funcionarios de la Caja de Consolidación. Miguel Hidalgo y su hermano Manuel poseían las haciendas de Santa Rosa y San Nicolás, valuadas en 44,000 pesos, con un gravamen de 26,000 pesos, al no contar con fondos para cubrir el pago inicial Hidalgo se negó a presentarse ante la Junta. Por este motivo fueron embargadas sus haciendas y se pusieron en venta en 1807; por no haber habido compradores se les regresaron en 1810 (Ibid, 471).
Los estudios de los últimos años demuestran la profunda crisis financiera del Imperio español durante el gobierno de Carlos IV, a partir de la década de 1790. Durante el siglo XVIII España no había sufrido desequilibrios financieros graves, mantuvo una política de deuda moderada pero funcional entre 1780-1790 (Marichal, 244-250). Sin embargo a partir de estas fechas a causa de las guerras que sostuvo con Francia e Inglaterra, el mantenimiento del ejército, las epidemias y las hambrunas, se incrementó el gasto público (Von Wobeser, 17).
Para resolver sus problemas financieros la corona española trató de solventar la deuda pública mediante ingresos extraordinarios. Entre ellos, fondos solicitados a banqueros holandeses, préstamos voluntarios y forzosos a sus súbditos en España y América, en especial sobre los bienes eclesiásticos.
Los apoyos financieros de la Nueva España
La Corona ya había recurrido a los fondos de la Iglesia obteniendo préstamos en 1782 que gestionaron el Consulado de Comercio y el Tribunal de Minería. Un año después se obtuvo un fondo a censo redimible con hipoteca del ramo del tabaco por una cantidad de 523,000 pesos, con aportaciones de las diócesis de México, Puebla, Valladolid y Guadalajara (Marichal, Virreinato, 156-157).
Ante la solicitud de Carlos IV, para el préstamo de 1793 fue impresionante la rapidez con que respondieron las instituciones civiles y eclesiásticas para apoyar al rey en el conflicto contra los revolucionarios franceses. En tres meses se recaudaron 1,559,000 pesos entre corporaciones y los individuos más pudientes de la Nueva España. Las instituciones eclesiásticas aportaron las sumas más altas. El Cabildo de Guadalajara entregó 300,000 pesos. Dos años más tarde el virrey Branciforte solicitó a la iglesia nuevas contribuciones. De nuevo el cabildo de Guadalajara realizó un préstamo de 100,000 y un donativo de 16,000 pesos (Ibid, 156-160).
Otra medida de la Corona, para resolver los problemas económicos, consistió en la emisión de títulos de la deuda pública conocidos como “Vales Reales”. Se utilizaron por primera vez durante el reinado de Carlos III en 1780, para financiar la guerra con Inglaterra. La primera emisión se consideró como un logro. En 1795 las exigencias financieras obligaron a España a hacer una tercera emisión de vales. Para evitar su devaluación, tres años más tarde se separaron estos fondos de la Tesorería general y se creó la Caja de Amortización de Vales Reales. Así la Consolidación se convirtió en una segunda tesorería del gobierno español con autonomía de la Tesorería General.
EL inicio de la guerra con Inglaterra redujo la entrada de remesas de las colonias españolas en América. Ante la crisis financiera que se presentó, finalmente en 1798 se implantó en España una medida que se conoció como “Consolidación de Vales Reales” que consistió en la enajenación de bienes de instituciones educativas, de salud, y de beneficencia; igualmente se aplicaría a las fundaciones religiosas y capellanías (Marichal, Corona, 247; von Wobeser, 21-23).
Para ponerla en práctica en Hispanoamérica se promulgó el Real Decreto de Consolidación del 28 de noviembre de 1804 y la Instrucción del 26 de diciembre del mismo año. La Real Cédula de Consolidación aparte del criterio recaudador buscaba hacer de la Iglesia el mayor contribuyente de los virreinatos. En el Real Decreto se dispuso que se enajenarían los capitales pertenecientes a obras pías que incluían a las instituciones religiosas: parroquias, conventos, cofradías, escuelas, instituciones de beneficencia y de salud, fundaciones piadosas y capellanías de misas. Los capitales se entregarían en calidad de préstamo; la Corona se comprometía a pagar el 5% anual de las cantidades redimidas (Sugawara, 13-14; von Wobeser, 34-37).
No fueron sujetos de enajenación los bienes entregados en el momento de fundación de las instituciones los edificios y bienes muebles. Se pretendía que los establecimientos religiosos pudieran seguir operando. En cada diócesis se estableció una Junta subalterna y una Caja de Consolidación (Jauregui, 234). Los deudores gestionaban con la Junta de Consolidación la admisión de pagos en partidas mensuales o anuales del capital que adeudaban.
Al ponerse en práctica la Consolidación en las posesiones españolas en América, en primer lugar se avocaron a exigir el dinero líquido de instituciones y fundaciones piadosas; esta medida era la que presentaba menos problemas. En segundo lugar se enajenaron los bienes inmuebles que poseían las fundaciones, y que habían adquirido a través de donaciones, compras y otros medios. Los procedimientos para la enajenación de estos bienes eran más complicados. La tercera medida que se implantó fue exigir la entrega de los fondos sujetos a inversión, los que las instituciones y fundaciones habían otorgado en préstamo a particulares o fundaciones. Esta disposición afectó principalmente a comerciantes, hacendados, mineros y pequeños propietarios. Además se vieron perjudicadas las fundaciones piadosas y obras pías: dotes para monjas o para matrimonio, pensiones para pobres, fondos para asilos, así como los fondos de capellanías para el sostenimiento de sacerdote (Von Wobeser, 35-36).
La Junta Superior de Consolidación se instituyó en México, en agosto de 1805, al mes siguiente se dispuso a los Intendentes que iniciaran las averiguaciones acerca de los bienes de la Iglesia en cada diócesis. Si no se daba la información o había duda los funcionarios presionaban. Del dinero líquido de las instituciones, el cual tenían para gastos a corto plazo, y el primero en ser requerido por la Caja, poco pudo obtener la Junta, porque las instituciones no proporcionaron información, pero si se recibía noticia de la existencia de fondos, exigía que se entregaran.
Como era de esperarse el Real Decreto de Consolidación provocó gran descontento entre los habitantes de la Nueva España quienes lo expresaron por escrito a través de “Representaciones” dirigidas al Rey, su destinatario en Nueva España fue el Virrey. Según Masae Sugawara, se han encontrado once representaciones con tres adhesiones, que presentaron ayuntamientos, el Tribunal de Minería firmado por el Corregidor de Querétaro don Miguel Domínguez (por cuya causa fue separado del Corregimiento), el Cabildo Eclesiástico y el Ayuntamiento de Valladolid de Michoacán, La de los Principales de la Provincia de México con adhesiones de labradores de Querétaro y Tlaxcala (Sugawara, 8-12).
El mayor número de escritos contra el Real Decreto provenían de los habitantes de la diócesis de Valladolid (Chowning, 455). La Representación de los labradores y comerciantes de Valladolid presentada por el obispo electo Manuel Abad y Queipo, contenía 537 firmas de vecinos quienes “demuestran con claridad los gravísimos inconvenientes que se ejecute en las Américas la Real Cédula de 26 de diciembre de 1804”( Sugawara, 59-75).
Como respuesta en contra de la medida de parte de los obispados, únicamente se conoce la oposición del obispo electo de Valladolid. Los obispos estaban confundidos; el de Durango, Francisco Gabriel Olivares, envió en 1805 un comunicado al Obispo de Guadalajara Juan Ruíz de Cabañas, para consultarle su opinión acerca de la aplicación del Real Decreto, en la forma siguiente:
… supongo que V.S. Y. habrá recibido otra igual, que como a mí le haya sorprendido, una determinación de estos tamaños que al paso que arruinarán las provincias; particularmente ésta, si llega el caso de que le extraigan como dos millones que puede importar, lo que reconocen las fincas; que son con verdad el único fomento del comercio y agricultura…. [2]
Solicita que se le comunique lo que se ha realizado en el obispado de Guadalajara.
En su respuesta Cabañas expone:
¿Qué podemos hacer nosotros en asunto de tal importancia que supone una casi extrema necesidad y que por consiguiente requiere o permite extraordinarios y desconocidos recursos … no podemos prescindir de que somos subalternos, guía y dirección de la superioridad de estos Reynos. [3]
En el mismo año el obispo de Durango, manifestó en carta al virrey su solidaridad al rey diciendo que lo apoyaría en todo momento. El obispo de Guadalajara pidió a las instituciones de la diócesis su colaboración con el monarca (Von Wobeser, 89).
La diócesis de Guadalajara y la Intendencia
La Intendencia de Guadalajara se creó 1786, ciudad capital desde el siglo XVI, era sede de la Audiencia de la Nueva Galicia y de la diócesis. La apertura del Puerto de San Blas en 1768 contribuyó a un notable crecimiento del comercio de la ciudad. Debido a la buena administración de los primeros intendentes se realizaron obras de modernización y urbanismo de la ciudad (Gálvez Ruiz, 49, 230-231).
La Diócesis de Guadalajara al momento de la expedición del Real Decreto de Consolidación comprendía los actuales estados de México: Jalisco, sur de Nayarit, Aguascalientes, Zacatecas excepto Nieves y Sombrerete, Colima y parte de San Luis Potosí. Abarcaba un territorio más amplio que la Intendencia (Taylor, 52, 60, 67).
En Guadalajara se exigió a los conventos lo mismo que a los de otras ciudades del virreinato que entregaran el capital líquido de sus fondos y a sus deudores que los redimieran.
Los conventos
Los monasterios de la Nueva España, contaron con fondos para sostenerse, en las ciudades principales algunos dispusieron de capitales elevados, principalmente los ubicados en las ciudades más importantes del virreinato: México, Puebla, Valladolid, Guadalajara y Querétaro.[4] Los fondos provenían de las dotes de las monjas que ingresaban, las donaciones de benefactores, los legados y otras aportaciones de las religiosas, las rentas de sus fincas, lo mismo que el dinero que prestaban a rédito contribuyeron para mantenerse e incrementar el capital de estas instituciones.
En el Obispado de Guadalajara el convento más rico fue el de las dominicas de Santa María de Gracia fundado en 1588. Los fondos de Santa María de Gracia en 1770 ascendían a 480,000 pesos. [5] En un informe del Convento de Santa María de Gracia del 30 de abril de 1805 se incluyen los deudores entre ellos mineros de Zacatecas, Guanajuato y organismos de la ciudad de México. La cobranza de réditos y aumento en el monto de la renta de casas, produjo en 1805 la cantidad de 60,037 pesos. [6] El 42.9% de los deudores de este monasterio poseían haciendas, seguidos por los clérigos y comerciantes. Los fondos de las dominicas de Santa María de Gracia rebasan por mucho los de otras órdenes religiosas (Greenow, 75).
Las religiosas que ingresaban a este convento pertenecían a las familias más acaudaladas de Guadalajara, además de la dote otorgaban fondos para legados y funciones en honor de las advocaciones de la Virgen María, de Jesucristo o de algún santo de su devoción. Con estos capitales adquirieron fincas que alquilaban, en el centro de la ciudad. Los conventos fueron obligados a entregar el capital líquido que poseían y los fondos de censos.
Como se muestra en el cuadro 1 de los 16 conventos de la diócesis que aportaron fondos a la Caja de Consolidación la cantidad más alta la redimió el convento de Santa María de Gracia, 63,020 pesos, superó a Santa Teresa, que ocupó el segundo lugar, en cerca de un 42.5 por ciento; Jesús María aportó poco menos de la mitad del anterior; Santa Mónica y San Francisco entregaron entre un 55 y 58 por ciento de Jesús María. Los carmelitas solamente enteraron 2,764 pesos. La institución de Zacatecas que redimió la contribución más alta fue el monasterio de San Francisco, contribuyó con un 19% del total, se ubica muy cerca de San Francisco y Santa Mónica de Guadalajara. Los monasterios ubicados fuera de la sede de la diócesis también redimieron capitales (AGN, Consolidación, vol. 2, exp. 2).
Los fondos entregados por los conventos no indican el capital que poseía cada institución. En un informe de 1817 del Convento de Santa María de Gracia se declaran las cantidades que tienen impuestas a rédito, da un total de 307,045 pesos, son de 1810 a 1814. Entre sus deudores se incluyen: el Real Tribunal de Minería, el Consulado de México (Ibid).
Los fondos de la catedral de Guadalajara
En las catedrales el dinero se administraba en diversas cajas, Juzgado de capellanías y Obras Pías, legados, aniversarios, dotes, colecturía, diezmos, fábrica de la catedral y otros. Las instituciones educativas y las de beneficencia algunas dependían de las catedrales, pero otras de los conventos. La caja de la Real y Literaria Universidad de Guadalajara se manejaba en la catedral de esta diócesis.
De los fondos de la Catedral el capital más alto redimido, 63,000 pesos, correspondía a la herencia que dejó el Dean de la Iglesia Catedral, don Salvador Antonio Roca a su hermana doña Brígida Roca y Guzmán para que se sostuviera de sus réditos y después de su muerte se invirtieran los réditos en “sustentar y vestir y dar estudios en conventos, Colegios o casas particulares a niños pobres naturales de los curatos de tierra caliente.” La entrega a la Caja de Consolidación se realizó en dos partes, una por 40,000 y otra por 23,000 pesos. [7]
Fundaciones piadosas: Capellanías
Los estudios sobre fundaciones piadosas, capellanías, obras pías, legados, etcétera, muestran que los hombres acaudalados de la Nueva Galicia, lo mismo que los de otras regiones de la Nueva España e Hispanoamérica, realizaron cuantiosas donaciones a la Iglesia durante el periodo colonial. Diversos motivos los impulsaron a efectuarlas, entre estos se encuentra en primer lugar la creencia en que debían asegurar la salvación de su alma y la de su parentela a través de la creación de fundaciones piadosas, pensaban que estas acciones constituían una inversión para obtener una posición mejor en el más allá; por otra parte querían favorecer a los miembros de la familia que ingresaban a un convento o dedicaban su vida al sacerdocio; y finalmente a otros los impulsaba el deseo de preservar o adquirir, según el caso, un elevado “status” social, honor y prestigio. Así lo demuestran los estudios sobre estas instituciones.
Las capellanías eran fundaciones que un individuo o una familia, establecían a favor de un clérigo, para sostenerlo durante sus estudios, si aún no se ordenaba, o para su mantenimiento si ya era sacerdote. El donante entregaba una cantidad de dinero, o dejaba la disposición de la fundación en su testamento, para que un capellán celebrara misas por su alma y la de sus familiares, el capellán recibía la renta que producía la inversión, en siglo XVIII esta fue de un cinco por ciento. El fundador también podía fijar un gravamen sobre sus propiedades y pagaba el interés del monto de la capellanía (Pelayo, 501-529).
El Real Decreto de Consolidación afectó los fondos impuestos sobre las capellanías de misas. La enajenación de estos capitales constituyó el segundo rubro de aportaciones, según von Wobeser el 27%. Guadalajara ocupó el cuarto lugar; los primeros correspondieron a México, Puebla y Valladolid (Von Wobeser, 136-138). En el examen realizado para este trabajo se encontraron 206 capellanías, por un total de 134,064 pesos. Sobre 114 capellanías no se menciona el deudor (AGN, Consolidación, vol. 2).
En el cuadro 2 no se incluyen todas las redenciones de fondos de capellanías, se seleccionaron aquellas que aportaron cantidades mayores o su principal era más alto. Entre ellos don Joaquín y don Agustín de Echauri, vecinos de Guadalajara, redimieron en la Caja de Consolidación 13,000 pesos de cuatro capellanías, 2,000 pertenecían a la que servía el presbítero Ignacio Gutiérrez, otra de 5,000 del canónigo de la Colegiata de Guadalupe de México Miguel Malo, 2,000 del presbítero José García, pertenecientes al Santuario de Nuestra Señora de la Soledad de Guadalajara y mil del presbítero Ignacio Gallardo, vecino de Aguascalientes. Los Echauri pagaron a los capellanes los réditos de sus capellanías correspondientes a la fecha de la entrega (23 de septiembre 1807) en la Caja de Consolidación (AGN, Consolidación, vol. 2).
Es importante hacer notar que once deudores que enteraron fondos de capellanías a la Caja de Consolidación formaban parte de las familias más acaudaladas de Guadalajara. Cabe destacar que hubo contribuciones de hacendados de lugares ubicados fuera de Guadalajara como Lagos, Teocaltiche, Aguascalientes, sur de Zacatecas: Juchipila, Jalpa, Tlaltenango y otros lugares.
A los deudores se les dio la oportunidad de entregar el dinero en pagos parciales, que se nombraban de composición. Se elaboraba un contrato en el cual se anotaba el total de la deuda, el número de pagos y las fechas para llevarlos a cabo; como se puede observar en el caso de los López de Oropeza. Asimismo el responsable debía otorgar una garantía.
Además de las fundaciones de capellanías se donaban fondos para legados, aniversarios, celebración de misas para los santos patronos de las ciudades, villas y pueblos y se fundaban obras pías. Su aparición en la Nueva España data del siglo XVI, se beneficiaba a mujeres huérfanas con dotes para poder ingresar a un convento o para casarse. Las obras pías se incrementaron en la Nueva España durante el siglo XVIII.
Los fondos de las Cofradías y pueblos de indios
La cofradías eran asociaciones con fines espirituales: rendir culto a determinado santo imagen o advocación, misas al patrono del pueblo, rogativas, procesiones, festividades, celebraciones de difuntos para los miembros de la misma y devoción a las Animas del purgatorio. Otra de sus funciones era apoyar obras de beneficencia. Existieron cofradías de indios, de negros, de españoles y mixtas. El principal medio para obtener fondos era a través de limosnas de los cofrades y de las patentes de indulgencias. Por lo mismo las cofradías poseían bienes: dinero, ganado y tierras (Serrera, 65). Algunas poseían pocos recursos, pero aquellas cuyos cofrades eran acaudalados manejaban capitales considerables. Estas instituciones quedaron incluidas dentro del Real Decreto de Consolidación. Las cofradías de la Diócesis de Guadalajara, aportaron 126,978 pesos (Von Wobeser, 154).
Los pueblos de indios no se salvaron de la exigencia de contribuir con sus fondos a las disposiciones de la Corona española. Durante más de 200 años, desde la segunda mitad del siglo XVI hasta alrededor del 1770, las cajas de comunidad eran la fuente más importante para financiar las celebraciones religiosas en los pueblos de indios. [8] Al aplicar las disposiciones de la Real Ordenanza de Intendentes de 1786, se elaboraron reglamentos para ejercer mayor control en las Cajas de Comunidad de los pueblos. [9]
Aunque en los inicios de la aplicación de la Cédula de consolidación no se debía exigir a las comunidades que entregaran sus fondos a las cajas, posteriormente fueron obligados a entregar el dinero que tenían en existencia. Las comunidades indígenas de la diócesis de Guadalajara aportaron 77,978 (Von Wobeser, 65).
Los ingresos brutos de la Diócesis de Guadalajara fueron de 1,084,954 pesos, los años en que se realizaron mayor número de redenciones fueron 1806 y 1807. Guadalajara ocupó el cuarto lugar después de México y Puebla. Las redenciones más altas las realizó la diócesis de México, pero Guadalajara estuvo entre los primeros lugares, en cuanto a fondos entregados por la catedral ocupó el segundo lugar, en capellanías y conventos el cuarto lugar, en aportaciones de cofradías el tercero y en pueblos de indios el cuarto lugar (Von Wobeser, 128, 134,, 154,165).
El pago de los réditos
En la Instrucción del 26 de diciembre de 1804, la corona establecía la obligación de pagar interés anual de los capitales enajenados, se garantizaba el pago con los fondos de las alcabalas y la renta de tabaco. La junta superior dispuso que los réditos se entregaran por cuatrimestres, septiembre-diciembre, enero-abril y mayo-agosto. En caso de haber pagos pendientes se liquidarían al inicio del siguiente cuatrimestre. Se ordenó que los réditos de cada fondo entregado a la Consolidación se pagaran por separado. El interés anual sería del 5 por ciento (Ibid, 81).
En la diócesis de Guadalajara, lo mismo que en todo el virreinato, los pagos, se entregaron en forma lenta y atrasada, las entregas se iniciaron en 1806. En Guadalajara se recibieron 6,192 pesos de enero a octubre de ese año, 14,400, en 1807, 46,564 cinco reales un grano de enero a octubre de 1808 y 13,531.5.8 de enero a febrero de 1809 (AGN, Consolidación, vol. 2, exp. 2-3). El total recibido fue de 80,688 pesos. Guadalajara ocupó el segundo lugar de los réditos pagados, otras diócesis resultaron más perjudicadas.
Brígida Roca y Guzmán en enero de 1807, recibió 676.5 reales 4 granos, por 40,000 pesos que se redimieron 1805, en septiembre del mismo año se le entregaron otros 666 pesos y en enero de 1809 una cantidad de 1,050 pesos. Como ella muchos otros pagos de réditos se obtuvieron con retraso (Ibid. vol. 2-3).
El 16 de noviembre de 1808, se promulgó el Real Decreto de Suspensión de la consolidación de Vales Reales, pero todavía en 1809 se pagaron réditos. [10] Von Wobeser señala que no solamente perjudicó a Nueva España la extracción de 10, 509,704 pesos, sino que quedara como adeudo de la Tesorería novohispana, “la medida se manejó como un préstamo y éste tuvo que se absorbido por Nueva España, y después de la Independencia, por la tesorería nacional”( Von Wobeser, 259).
Consecuencias de la Cédula de Consolidación de Vales Reales
Los bienes de las instituciones religiosas de Guadalajara fueron los primeros que se subastaron 12 inmuebles por un valor de 35,299 pesos. Ante la escasez de dinero líquido los deudores se vieron obligados a rematar sus propiedades por las exigencias de los funcionarios de la Caja de Consolidación y malbaratar sus inmuebles (Ibid, 72).
La apropiación de los bienes de la Iglesia afecto tanto a peninsulares como a criollos, entre los miembros de la élite de la Nueva España se puede mencionar al conde de Regla, la marquesa del Apartado, el Marqués de Santa Cruz de Iguanzo, el conde de la Valenciana y otros nobles. Gabriel de Yermo redimió 27,000 pesos en 1806. Sin embargo estos personajes no se arruinaron. Pero la situación no fue similar para algunas diócesis como la de Puebla donde, según mencionaba el obispo: “Los cofres de las iglesias y de los monasterios están vacíos porque todos los capitales que se redimen van a Cajas de Consolidación. Los comerciantes se hallan en igual penuria que los labradores…”( Hamnett, 100).
Como ya se mencionó esta disposición se puede considerar como una de las causas para el deseo de independencia de España. No solamente conocemos la forma en que afectó a Hidalgo sino también, entre otros, a los hermanos Michelena que participaron en la Conspiración de Valladolid en 1809, ellos poseían propiedades valuadas en 350,000 pesos, pero no redimieron ninguna cantidad en la Caja de Consolidación, a pesar de las presiones, sus gravámenes alcanzaban alrededor de 200,000 pesos (Chowning, 470-471).
La Consolidación afectó la economía de la Intendencia de Guadalajara, sin embargo se vieron más perjudicados los medianos propietarios y los habitantes de áreas rurales, entre ellas Lagos, Teocaltiche, San Juan de los Lagos, Jalostotitlán y otras, tanto por las redenciones de capellanías como por los fondos de las cofradías que tuvieron que entregar.
Entre los más afectados estuvieron los clérigos que recibían réditos de capellanías, al suspenderse el pago de ellos. En 1812 el intendente de Michoacán escribió al virrey para preguntar si se podía utilizar el dinero de los diezmos para pagarles. Calleja respondió que Michoacán había contribuido a la lucha insurgente con más sacerdotes que cualquier otro obispado, algunos ya habían muerto, pero otros aún estaban combatiendo a lado del enemigo (Ibid 463). En el Obispado de Guadalajara en la misma forma que en Michoacán el descontento de los sacerdotes contribuyó a un grueso número de sacerdotes de parroquias rurales se unirán al movimiento de Independencia.
Por las cantidades extraídas de los bienes de cofradías y de las Cajas de Comunidad de los Pueblos de indios es evidente el descontento de los indígenas y puede considerarse como un motivo para contribuir con numerosos contingentes al llamado de Hidalgo.
Notas
[1] Entre los trabajos realizados acerca de este tema están los de: Masae Sugawara H., La deuda pública de España y la Economía Novohispana, 1804-1809, México, INAH, Colección Científica, 1976; Gisela von Wobeser, Dominación colonial. La consolidación de vales reales, 1804-1812, México: Universidad Nacional Autónoma de México, 2003; Carlos Marichal, La bancarrota del Virreinato. Nueva España y las Finanzas del Imperio español, 1780-1810, México, Fondo de Cultura Económica, 1999. Margaret Chowning, “The Consolidación de Vales Reales in the Bishopric of Michoacán”. Hispanic American Historical Review. Vol. 69:3 August 1989: 451-478; Brian R. Hamnett, “Absolutismo ilustrado y crisis multidimensional en el periodo colonial tardío, 1760-1808”, Interpretaciones del siglo XVIII mexicano. El impacto de las reformas borbónicas, Comp. Josefina Zoraida Vázquez, México: Nueva Imagen. 1997, 67-108; Ana Carolina Ibarra, “La crisis de 1808 en la iglesia novohispana”, Las experiencias de 1808 en Iberoamérica, Comp. Alfredo Ávila, Pedro Pérez Herrero, México: Universidad de Alcalá, Universidad Nacional Autónoma de México. 2008. 323-341; Asunción Lavrin, “The Execution of the Law of Consolidation in New Spain: Economic Aims and Results”, Hispanic American Historical Review, vol. 53, num, 1, 1973. Carlos Marichal. “La iglesia y la corona; La bancarrota del gobierno de Carlos IV y la Consolidación de Vales Reales en la Nueva España”. Ma. Del Pilar López- Cano, Iglesia, Estado y Economía siglos XVI al XIX, México: Universidad Nacional Autónoma de México- Instituto Mora, 1995, 241-261. Sobre la Consolidación en el Perú consúltese: Quiroz, Alfonso W. “Crédito de origen eclesiástico y deuda pública colonial en el Perú, 1750-1820”. Iglesia Estado y economía. Siglos XVI al XIX. Comp. María del Pilar Martínez López-Cano. UNAM e Instituto de Investigaciones Dr. José María Luís Mora. 1995. 275-288. back to text
[2] Archivo Histórico del Arzobispado de Guadalajara (AHAG), Gobierno, Secretaría, Obispos, 1805, Comunicación reservada del Obispo de Durango al Obispo Juan Ruiz de Cabañas.back to text
[3] Ibid. Respuesta del Obispo Cabañas al de Durango.back to text
[4] Veanse: Rosalva Loreto López, Los conventos femeninos y el mundo urbano de la Puebla de Los Ángeles del siglo XVIII, México, El Colegio de México, 2000; Asunción Lavrín, Brides of Christ. Convent Life in Colonial Mexico, Stanford, Stanford University Press, 2008.back to text
[5] Diana Romero de Swain, Encuentro de Investigación Jalisciense. Economía y Sociedad, Tema , La Cultura Regional, “Visitas al convento de Santa María de Gracia”, Guadalajara, Jalisco, 1981, sin número de página.back to text
[6] AHAG, Gobierno, Secretaría, Religiosas de Santo Domingo, Santa María de Gracia, años 1796-1811, caja 12, folder año 1805, cuentas ff.1-6 back to text
[7] AGN, Consolidación, exp. 2, Relación de los capitales que se han enterado en la Real Caja de Guadalajara…septiembre 10 hasta 22 de noviembre del 1805, f. 2. back to text
[8] Dorothy Tanck de Estrada, Pueblos de indios en el México colonial, 1750-1821, México, El Colegio de México, 1999, p. 449. back to text
[9] Real Ordenanza para el establecimiento e Instrucción de Intendentes de Ejercito y Provincia en el Reino de la Nueva España 178, México, UNAM, 1984.back to text
[10] Al inicio de las primeras emisiones de vales reales el recién fundado Banco de San Carlos se encargó del servicio de los intereses, así como de la amortización de los Vales. Von Wobeser, La dominación colonial, 479. back to text
Bibliografía
Archivos consultados
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